República de Cuba Consejo de Ministros MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de los consejos de Estado y de Ministros de la República de Cuba. HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros ha considerado lo siguiente: POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 370 “Sobre la Informatización de la Sociedad en Cuba”, del 17 de diciembre del 2018, en su Disposición Final Primera encarga al Consejo de Ministros dictar disposiciones complementarias sobre la Industria de Programas y Aplicaciones Informáticas. POR CUANTO: El referido Decreto-Ley No. 370, establece las regulaciones generales aplicables a la determinación del alcance de la Industria Cubana de Programas y Aplicaciones Informáticas para promover, perfeccionar e incrementar la producción nacional y las exportaciones de los productos de la industria y a la sustitución de importaciones, acciones que requieren ser implementadas mediante las normas complementarias que resulten necesarias. POR TANTO: El Consejo de Ministros, en el ejercicio de las atribuciones que le están conferidas en el Artículo 137, incisos ñ) y o), de la Constitución de la República de Cuba, decreta lo siguiente: DECRETO NO. 359 SOBRE EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA CUBANA DE PROGRAMAS Y APLICACIONES INFORMÁTICAS CAPÍTULO I OBJETO, OBJETIVOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1. El Estado promueve el desarrollo y utilización de la Industria Cubana de Programas y Aplicaciones Informáticas, en lo adelante la Industria, con el objetivo de contribuir a respaldar las prioridades de la informatización en beneficio de la economía, la sociedad y la Seguridad y Defensa Nacional, para alcanzar un crecimiento sustancial de su ejecución y servicios asociados. Artículo 2. El presente Decreto tiene como objeto establecer el marco legal reglamentario que ordene y garantice el derecho al acceso y participación de las personas en el desarrollo de la Industria cubana de programas y aplicaciones informáticas, en correspondencia con lo

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